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Condenan al Hospital de la Orinoquia a pagar indemnización por no reconocer relación laboral con una médica

El Tribunal Administrativo de Casanare, halló responsable al Hospital Regional de la Orinoquia, por negarse a reconocer una relación laboral con una médica que prestaba sus servicios desde el año 2014, y que mediante acto administrativo en junio del 2017 decidió no continuar con el contrato de la profesional de la salud, desconociendo el pago de seguridad social, prestaciones sociales, prima de navidad, vacaciones e intereses.

El fallo favorece a la profesional Lisseth Manzanares Gómez, quien se desempeñaba en el cargo médico general código 211, Grado 06, desde el 1 de octubre de 2014 al 30 de junio de 2017, y le reconoció a dicha profesional que existió una relación laboral entre el Hospital Regional de la Orinoquia E. S. E, por lo que deberá el centro asistencial pagar la indemnización respectiva.

De igual manera, el alto tribunal ordenó al Hospital Regional de la Orinoquia E. S. E. a pagar a la señora Lisseth Manzanares Gómez las prestaciones sociales legales a que tiene derecho causadas durante los periodos comprendidos entre el 1 de octubre de 2014 al 30 de junio de 2017, esto es, vacaciones, prima de vacaciones, prima de navidad, auxilio de cesantías, intereses sobre las cesantías y prima de servicios, las cuales deberán liquidarse con base en la en la asignación salarial del cargo médico general código 211, Grado 06, vigente al momento en que se causaron los contratos de prestación de servicios y en la forma establecida en la ley.

También el centro asistencial deberá pagar a la administradora de pensiones a la que se encuentre afiliada la demandante, la diferencia entre los aportes cotizados por la señora Manzanares Gómez por concepto de pensión, con base en la asignación salarial de la profesional de la salud.

Este fallo sienta un precedente al respecto y favorece la argumentación expuesta en el proyecto de ley presentado por el congresista casanareño César Ortiz Zorro, mediante el cual se busca la eliminación de la contratación del personal médico mediante contratos de prestación de servicios temporales.

 

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