Ambiente

EAAAY asegura que denuncia de edil de Morichal no estaba fundamentada

Luego de la denuncia verbal no formal, recibida el sábado 15 de abril vía whatsapp, por parte de Héctor Rodríguez, Edil de la vereda San Rafael de Morichal expresando lo siguiente:

“Muy buenas tardes a toda la comunidad del corregimiento de morichal, ahí les envío unas fotos de las bellezas que está enviando  ahora la empresa de acueducto y alcantarillado de Yopal, ahora ya no solamente aguas negras, sino ahora residuos de petróleo acabando con toda la flora y la fauna de nuestro corregimiento y así queremos seguir confiando en la empresa de acueducto, el día lunes estaremos en los medios de comunicación dándole madera a esta situación, ahora todos los residuos de petróleo los botan todos por el caño Usivar y posteriormente al río Charte”

La Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal-EAAAY realizó una visita de inspección el día domingo 16 de abril en las horas de la mañana, en cinco puntos diferentes alrededor de la PTAR Yopal donde no se evidenció la presencia de crudo.

En este sentido, teniendo en cuenta la inspección realizada a lo largo del cauce del caño Usivar desde el afluente de la PTAR Yopal, hasta el punto donde indicaba el denunciante la presencia de los hidrocarburos, se determina que la denuncia de la comunidad no corresponde a hidrocarburos, de acuerdo a las siguientes aspectos técnicos: 

1. En situaciones anteriores en las que se ha evidenciado el vertimiento de hidrocarburos a la red de alcantarillado que han ingresado al sistema de la PTAR Yopal, como los hechos del 11 de marzo, 4 de junio, 25 de junio y 27 de agosto de 2016, la EAAAY lo ha reportado como contingencia a Corporinoquia y diferentes autoridades competentes, para la toma de muestras del análisis de propiedades fisicoquímicas del agua; en este punto cabe aclarar que se forma una película densa y grasosa en el agua, que es retenida en el sistema de pretratamiento aplicando el respectivo plan de contingencia. Por lo tanto, no pasaría a través de las demás estructuras del proceso y en consecuencia tampoco al punto de vertimiento del efluente sobre el caño Usivar.

2. Es contradictorio que la EAAAY realice vertimiento de Hidrocarburos en el efluente de la PTAR Yopal porque es la primera en denunciar los hechos ante las autoridades competentes como Policía Ambiental y Corporinoquia, Procuraduría, entre otros, como lo ha hecho en ocasiones anteriores, debido a que el contacto del agua residual con hidrocarburos afecta negativamente el tratamiento de las aguas residuales que es netamente biológico; así como el proceso de aplicación de Bioinsumos que se está llevando a cabo para mejorar la calidad del vertimiento de agua residual.

3. La distancia desde el Punto del efluente de la PTAR Yopal hasta el punto donde presuntamente se evidencian los hidrocarburos es de aproximadamente 10 kilómetros, con lo cual se debió encontrar en el recorrido trazas de hidrocarburos (sedimentos oscuros), lo cual no se observó en dicha inspección, como lo muestran los registros fotográficos del anexo.

4. Un derrame o vertimiento de hidrocarburos genera una serie de cambios progresivos de sus propiedades físico-químicas por estar expuesto a la intemperie y en un medio acuoso; la inspección se realizó antes de cumplir las 24 horas, con lo cual si se hubiese presentado desde la PTAR Yopal, no habría el tiempo suficiente para la evaporación del mismo y se evidenciaría la película de grasa con tonalidades en la superficie del cauce del agua del caño Usivar.

De esta manera, la EAAAY da claridad a los hechos denunciados, evidenciando que el vertimiento de aguas desde la PTAR se realiza cumpliendo con los procesos y requerimiento exigidos por la norma ambiental. 

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