Mediante el Decreto 2137 del 19 de noviembre de 2018, el Gobierno Nacional creó la Comisión del Plan de Acción Oportuna (PAO), “con el objeto de articular, orientar y coordinar los diferentes programas de protección y recursos de las distintas entidades del Gobierno involucradas en la prevención y protección individual y colectiva de los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de defensores de derechos humanos, líderes sociales, comunales, y periodistas”.
La normativa fue firmada por el director de Función Pública, Fernando Grillo, la ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez; la ministra de Justicia, Gloria Borrero; el Ministro de Defensa Guillermo Botero, y el director del Departamento Administrativo de la Presidencia, Jorge Mario Eastman.
Dicha comisión estará encabezada por el presidente de la República, los ministros de Interior, Defensa, y Justicia, así como el Comandante de las Fuerzas Militares, el director de la Policía Nacional, y el Director de la Unidad Nacional de Protección.
Así mismo, se estableció que la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, el Alto Comisionado para la Paz, el Consejero Presidencial para Derechos Humanos, y el Consejero Presidencial para Seguridad son invitados permanentes de la Comisión.
El Director de Función Pública explicó que entre las funciones que tendrá dicho organismo se destaca la de “realizar un diagnóstico y seguimiento de la situación general del país en relación con las amenazas a defensores de derechos humanos, líderes sociales, comunales, y periodistas, e impartir lineamientos a las entidades competentes en la materia”.
El Decreto agrega que la PAO deberá “coordinar la implementación de las medidas de protección colectiva y generar un proyecto de autoprotección; proponer la modificación o adopción de normas que permitan lograr la reingeniería necesaria en el funcionamiento e interrelación de los diversos componentes de los programas de Protección”, entre otros.
La PAO “sesionará ordinariamente de manera trimestral y extraordinariamente cuando la necesidad lo amerite”, resalta el Decreto.