Energía

Enerca ya permite diferir el pago de la facturas por emergencia del covid-19

ENERCA S.A. E.S.P., dio a conocer  a toda la comunidad y usuarios de los servicios de energía y Gas Natural Domiciliario,  que atendiendo las directrices del gobierno nacional impartidos a través del artículo 1 del Decreto 517 de 2020, las empresas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible por redes, para los usuarios de estratos 1 y 2 que no puedan pagar sus facturas, podrán diferir por un plazo de treinta y seis (36) meses el pago de las facturas de energía eléctrica y gas combustible por redes, entregadas en el mes de abril y mayo, para que dichos usuarios puedan disfrutar el beneficio durante el período de aislamiento preventivo decretado por el Gobierno Nacional en los decretos 457 de 2020 y 531 de 2020..

Para dar cumplimiento a lo anterior desde el pasado 15 de abril de 2020 se adecuo el sistema de información comercial de la empresa, para que a partir de la facturación emitida para el mes de abril y mayo de 2020, se financie automáticamente el consumo correspondiente al mes de marzo y abril respectivamente; Es decir que a partir del cierre de los  ciclos de facturación que se tienen programados en la agenda, el usuario de los servicios que no haya cancelado o no cancele dentro de la fecha limite las facturas antes mencionadas, automáticamente la empresa generará el proceso de financiación a 36 o 24 meses con una tasa de interés nominal del cero por ciento (0%). de acuerdo al estrato así.

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Esta medida no aplica a los conceptos diferentes al consumo de energía eléctrica y gas  combustible que estén incluidos en la factura del usuario.

Adicionalmente los usuarios residenciales de energía eléctrica y gas combustible pertenecientes a los estratos 1, 2, 3 y 4, tendrán un periodo de gracia de dos (2) meses a partir del 31 de mayo de 2020, fecha en la que termina la emergencia sanitaria decretada por Ministerio de Salud y Protección Social, para que la primera cuota sea reflejada en la factura que se entrega en el mes de agosto de 2020.

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