Al final de la tarde de este martes fue recibida la respuesta de parte del Centro de Servicios Judiciales de Bogotá, ante solicitud de la Personería Municipal de Yopal, en la que informa el número de radicado interno del proceso y se certifica que la decisión de apelación del Juzgado 19 Penal del Circuito, que resolvió medida de aseguramiento contra el Alcalde Jhon Jairo Torres Torres, quedó debidamente ejecutoriada.
En la misma se revoca la decisión del Juzgado sesenta y dos Penal Municipal del 09 de marzo del año en curso.
De esta manera, la Personería oficializará al gobernador de Casanare para que disponga lo enunciado en el numeral 2 del artículo 105 de la Ley 136 de 1994, el cual dice: “Artículo 105º.- Causales de suspensión. El Presidente de la República en el caso del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, y los gobernadores en los demás casos, suspenderán a los alcaldes en los siguientes eventos: 2. Por haberse dictado en su contra, medida de aseguramiento, con privación efectiva de la libertad, siempre que esté debidamente ejecutoriada. Texto subrayado declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-576 de 2004”.
Con base a lo anterior, se espera que el gobernador de Casanare designe hoy alcalde encargado de la ciudad, ante la falta temporal del titular del cargo.
Por tal razón, la Personería oficiará en breve a la Gobernación de Casanare para que realice el procedimiento que dispone el Artículo 105 (numeral 2) de la Ley 136 de 1994.