En el marco de una acción popular fallada en segunda instancia, con la cual se buscaba que se garantizará el derecho al agua potable de las comunidades de Rincón Hondo, Caño Chiquito, Montañas de Totumo, La Aguada, La Hermosa y Las Guamas del municipio de Paz de Ariporo, situación que a la fecha no hay en el expediente elementos que permitan establecer que efectivamente se está cumpliendo con lo ordenado, o por lo menos que se han realizado acciones efectivas para ello.
Los plazos para la presentación y materialización de las soluciones vencieron en el mes de abril del presente año, por lo que el Tribunal Administrativo de Casanare, considera que “La sentencia emitida dentro de la acción popular referenciada estableció violación flagrante de varios de los derechos colectivos invocados y dispuso medidas claras, precisas y concretas para garantizarlos. Tales medidas son de obligatorio acatamiento y su efectividad solo se produce cuando los beneficiarios de las medidas disfrutan de los derechos concedidos a su favor”.
Con base en lo anterior el alto tribunal ordenó abrir incidente de desacato contra el municipio de Paz de Ariporo, en cabeza de su alcaldesa Eunice Escobar Bernal, y el departamento de Casanare, en cabeza del gobernador Salomón Sanabria Chacón.
Los funcionarios mencionados dispondrán de tres días siguientes a la notificación para presentar sus descargos y si es del caso, aportar las pruebas que consideren necesarias para justificar su conducta.
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