El Tribunal Administrativo de Casanare, aceptó las objeciones presentadas por el alcalde de Yopal, Leonardo Puentes, al proyecto de Acuerdo número 17 del 20 de septiembre del 2018, mediante el cual se modificó el Estatuto de Rentas municipal. Es de mencionar, que dicho proyecto de Acuerdo fue presentado por la misma administración municipal, es decir, objetaron lo que ellos mismos presentaron.
Lo que el alto tribunal no aceptó fue objetar todo el acuerdo como lo había solicitado el alcalde, sino únicamente el artículo sexto, los artículos transitorios 1 y 2, y los parágrafos 6 del artículo 1, y el del artículo 3. Por ende, el alto tribunal ordenó retirar del acuerdo 17 los artículos objetados, renumerar nuevamente el Acuerdo y remitirlo al alcalde para su sanción.
De los artículos objetados y aceptados por el tribunal, llama la atención el del parágrafo del artículo 3, ya que de acuerdo al proyecto se le pretendía dar facultades al secretario de hacienda para que fijará obligaciones sustanciales y formales a los usuarios no regulados, autogeneradores y los generadores de energía eléctrica para efectos del impuesto sobre el alumbrado público, es decir, el secretario de hacienda decide “cuanto deben pagar ciertos usuarios, y si no pagan los sanciona”, situación inconstitucional, ya que el concejo es el competente en esa matería y no puede delegarla en autoridad administrativa como lo es el secretario de hacienda.
Es de recalcar, que fue precisamente el exsecretario de hacienda Nelson Forero, el autor del proyecto de acuerdo, el cual, al parecer no le fue socializado al equipo jurídico del municipio, ni al propio despacho del alcalde.
Otro de los errores del proyecto de este Acuerdo, es que se pretendía revivir las multas por accidentes de tránsito con corte al 31 de diciembre del 2011, y a su vez, a generar amnistías tributarias a deudores morosos en un trato injusto e inequitativo con los contribuyentes que haciendo un esfuerzo pagaban sus obligaciones puntualmente.
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