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Alcaldía emite decreto que prohíbe la circulación de motos con parrillero

Mediante el Decreto 032 de 01 de febrero de 2018, la Administración Municipal de Yopal, prohíbe en la capital casanareña, la circulación de motocicletas con pasajero y/o acompañante y/o mal denominado parrillero hombre con edad superior a los 14 años, desde el 02 de febrero y hasta el 01 de abril de 2018, en el horario comprendido entre las 8:00 de la noche y hasta las 4:00 de la mañana del día siguiente.

Se exceptúan de !a medida las motocicletas pertenecientes a las fuerzas militares, Policía Nacional, CTl, INPEC, miembros de la fuerza pública en servicio activo, personal de seguridad privada, organismos de socorro, empresas de servicios públicos y de salud, y domicilios, las cuales deben estar debidamente identificadas y marcadas con el logo de la empresa y deben ser reconocidas por la misma.

Se indica que en caso de incumplimiento a las disposiciones, se aplicarán las sanciones establecidas en el artículo 131 literal C del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002 modificada por la Ley 1383 de 2010), el cual establece multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes e inmovilización del vehículo por transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente.

El Decreto indica que la fuerza pública ejercerá control en coordinación con los agentes de tránsito del Municipio de Yopal. La Administración Municipal podrá expedir permisos de circulación durante los días y horarios de restricción.

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