Tras una reunión de seguimiento a través de la modalidad de oralidad, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) le exigió a la operadora del proyecto “Área de Perforación Exploratoria Llanos 56”, ubicado en jurisdicción de los municipios Paz de Ariporo y Hato Corozal -Casanare-, el desmonte y retiro de la infraestructura de captación de agua existen sobre la margen del río Ariporo.
Igualmente, dispuso que la compañía Tabasco Oil Company Llc, titular de la licencia ambiental otorgada en enero de 2013, presente un informe detallado y debidamente soportado sobre dicha actividad en un plazo máximo de 10 días, después de finalizada su ejecución.
Un equipo técnico y social de la ANLA visitó en febrero pasado la zona para verificar la ubicación de la plataforma y la estructura de captación de agua y encontró que la motobomba que opera la sociedad no cumplía con todos los requisitos normativos.
El 6 de febrero de 2019, el presidente de la junta de acción comunal de la vereda la Reserva, del municipio Hato Corozal, interpuso un derecho de petición sobre presuntas afectaciones ambientales ocasionadas por la construcción de la plataforma y vía de acceso a la localización del pozo Matalí.
Durante la visita, la ANLA verificó que la ubicación de la motobomba contravenía lo dispuesto por la resolución 80 de enero de 2013, que “el área de captación a utilizar no debe ubicarse en sectores con procesos erosivos, ni en zonas con inestabilidad geotécnica y con baja densidad de vegetación arbórea y arbustiva y mayor área de pastos, en lo posible a una distancia mínima no inferior de 15 metros”. Según se concluyó, la motobomba está a unos 7 metros a nivel del agua.
Igualmente, Tabasco Oil Company Llc deberá instalar elementos que mitiguen la emisión del ruido proveniente de las motobombas y garantizar el cumplimiento de los límites de ruido en todas las actividades de captación de agua durante la ejecución del proyecto.
En la visita de atención a la queja, esta Autoridad Nacional detectó que la motobomba empleada por la compañía, en el punto de captación generaba un ruido que era perceptible a una distancia mayor a 100 m, el cual se extendía hasta la margen opuesta (margen derecha) del río Ariporo.
También se exigió la necesidad de habilitar de manera inmediata un punto de atención en la Plataforma Matalí que sea accesible a los pobladores de la vereda La Colombina y veredas contiguas, toda vez que la actual se encuentra a una distancia superior a 116 kilómetros, lo cual dificulta la comunicación y la participación comunitaria.
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