La Administración Municipal, se permite comunicar que conforme a lo dispuesto en el calendario electoral definido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, los días 4 y 5 de diciembre de 2021, se llevará a cabo en todo el territorio nacional, consultas populares internas o interpartidistas de los partidos políticos y movimientos políticos con personería jurídica y/o grupos significativos de ciudadanos para la toma de decisiones o escogencia de sus candidatos y elecciones del consejo municipal de juventudes, respectivamente.
Que conforme a lo establecido en el artículo 206 del Decreto Ley 2241 de 1986 “Por el cual se adopta el Código Electoral”, se debe prohibir la venta y consumo de bebidas embriagantes desde las 18:00 p.m. del día anterior a las votaciones, hasta las 6:00 a.m. del día siguiente a la elección.
En este mismo sentido, el párrafo del artículo 2.2.4.1.2 del Decreto Nacional 1740 de 2017 dispone que, durante las elecciones nacionales y territoriales, se decretará la “Ley Seca” en los horarios señalados por el Código Nacional Electoral, sin perjuicio de la potestad constitucional del Presidente de la República para modificar los mismos.
Que el señor Ministro del Interior, Daniel Palacios Martínez, participó el 30 de noviembre de 2021 en la Feria Expobar 2021, organizada por ASOBARES, asociación que en medios gráficos indicó que, de acuerdo a la gestión realizada con la cartera señalada, no se decretaría medida restrictiva a la venta y consumo de licor durante los comicios electorales a celebrarse los días 4 y 5 de diciembre del presente año. No obstante, a la fecha el gobierno nacional no ha expedido norma de igual o superior jerarquía que modifique, adicione, derogue o sustituya lo consagrado en las normas antes señaladas, por tanto, la Administración Municipal está en la obligación de acatar lo consagrado en estas disposiciones legales.
La Administración comprende las dificultades generadas como consecuencia de la declaratoria de pandemia por Covid-19, y en este sentido, ha establecido diferentes planes y programas tendientes a motivar la reapertura económica y el consumo responsable de bebidas alcohólicas y/o embriagantes, sin embargo, en concordancia con lo señalado en párrafos anteriores, no puede obviar las normas vigentes, situación que lleva a dar cabal cumplimiento al ordenamiento legal, garantizando el orden público, la seguridad y la protección de los derechos y libertades públicas de quienes participarán en los comicios electorales programados para los días 4 y 5 de diciembre de 2021, por lo cual se ve en la obligación de expedir acto administrativo que adopte medida de restricción del expendio y consumo de bebidas embriagantes en toda la ciudad, hasta tanto no exista modificación a las normas actuales.
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