Por no incluir la escala de remuneración correspondiente a las distintas categorías de empleos de la Administración Municipal, el concejo devolvió proyecto de Acuerdo 06 del 30 de junio de 2017, por medio del cual se fija el salario mensual del alcalde de Yopal para la vigencia fiscal 2017.
En el documento de devolución expedido por la Corporación, con concepto de control de legalidad desfavorable, se reiteró que en dicha iniciativa se omitió relacionar las escalas salariales de las distintas categorías de empleos por lo que solo se contempló el ajuste salarial del burgomaestre. Además, se resaltó que la Administración Municipal puede subsanar lo anteriormente mencionado, en aras de “salvaguardar los intereses de todos los funcionarios de la Alcaldía de Yopal”.
Teniendo en cuenta lo anterior, en el auto de control de legalidad se consideró que el proyecto de Acuerdo 06, no estaría cumpliendo con los principios fundamentales de la unidad de materia según lo estipulado en la Sentencia C-501 de 2001 ( M.P. Jaime Córdoba Triviño), donde se afirma que en un proyecto de Acuerdo (para éste caso) debe procurar que la aprobación de las leyes sea el resultado de un debate democrático, que se asegure la transparencia en el proceso de formación de las leyes, y que se evite la dispersión normativa.”
En cuanto al sueldo específicamente del alcalde de Yopal, según Decreto 995 de 2017, “por el cual se fijan los límites máximos salariales de los Gobernadores, Alcaldes y empleados públicos de las entidades territoriales y se dictan disposiciones en materia prestacional”, el burgomaestre de esta localidad (que se encuentra dentro de la categoría primera) podría adquirir un sueldo mensual de hasta $12.507.612.
“Existe dentro del monto global del presupuesto del gasto del personal del municipio de Yopal Casanare vigencia fiscal 2017, apropiación presupuestal para garantizar el incremento del salario al límite máximo, señalado o establecido en dicho decreto” reza el proyecto de Acuerdo en la exposición de motivos.
Así las cosas el proyecto de Acuerdo 06 del 30 de junio de 2017 solicita un ajuste salarial que pasaría de los $8.471.112 que actualmente devenga el alcalde, a los $12.507.612.
En cuanto al salario de los demás empleados públicos de las entidades territoriales, el Decreto 995 de 2017 establece un límite máximo de asignación básica mensual para directivos de $12.515.408, para asesores de $10.003.959, profesionales $6.988.570, técnicos $ 2.590.707 y cargos asistenciales de hasta $2.565.000.
Cabe recordar que el pasado mes de junio, el Gobierno Nacional realizó un reajuste salarial para empleados públicos del 6,75 por ciento.
Así las cosas, una vez sean rectificadas por parte de la Administración Municipal, las consideraciones sustentadas en el control de legalidad, el Concejo de Yopal entraría a designar ponente y posteriormente a debatir dicho proyecto de Acuerdo.