Como una función preventiva ambiental dirigida a cada uno de los departamentos y municipios que comprenden la jurisdicción de Corporinoquia, se expidió la Circular externa No. 300.19 – 0481 del 10 de mayo de 2019 como “Función preventiva ambiental frente a la primera Temporada de Lluvias 2019” en la que se dan a conocer las medidas que se pueden implementar para mitigar y prevenir posibles afectaciones con la llegada de la primera ola invernal del año.
Esta función preventiva tiene como objeto INSTAR a los destinatarios de la misma y dentro del área de la Jurisdicción de Corporinoquia, para que se tengan en cuenta las recomendaciones y adopten más medidas tendientes a atender, prevenir o disminuir los riesgos ambientales, económicos y sociales que se pueden llegar a presentar por el aumento de precipitaciones, en concordancia con lo previsto en la Circular 019 del 19 de marzo de 2019, emitida por la UNGRD.
“Es importante recordar que se debe activar el Plan de Contingencia frente a la presente temporada invernal, así como la Estrategia de Respuesta a la Emergencia de acuerdo con los escenarios de riesgo identificados en los Planes Municipales de Gestión del Riesgo de Desastres”, destacó la ingeniera Yuli Páez, coordinadora ambiental territorial de Corporinoquia
Competencias de Corporinoquia
Es de señalar que en el marco de la gestión del riesgo Corporinoquia tiene competencias en el conocimiento y la reducción del riesgo, aspectos sobre los que se ha venido apoyando a los municipios en la identificación de puntos críticos, ejercicio realizado desde el año 2008 y que ha servido de insumo para la elaboración de los mapas preliminares de susceptibilidad de amenazas que tiene la Corporación; de igual forma se ha trabajado en el monitoreo y coordinación de acciones y procesos de reducción del riesgo sobre estos puntos.
De esta forma Corporinoquia manifiesta su disposición y atención con el fin de adelantar lo necesario para dar pronta solución de acuerdo con su competencia a cada una de las necesidades existentes en los municipios de la jurisdicción frente a esta temporada.
Finalmente se resalta que la gestión del riesgo es responsabilidad de todas las autoridades y los habitantes del territorio colombiano tal y como se dispone en el artículo 2 de la Ley 1523 de 2012 “Por la cual se adopta la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres”, por cuanto se invita a establecer sistemas de alertas tempranas y mantener la vigilancia en zonas de ladera y riberas de los ríos, además de tomar las medidas necesarias de reducción del riesgo y prepararse frente a posibles emergencias.
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