Cusianagas S.A. E.S.P. desea comunicar a sus usuarios que de acuerdo con la Resolución conjunta 40209 de 2020 del Ministerio de Minas y del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se ha ampliado el beneficio del pago diferido por un periodo de facturación adicional, y ahora este cubre las facturas del servicio público de gas domiciliario de los meses de abril, mayo, junio y julio.
En este sentido, confirmamos que los alivios económicos para nuestros usuarios del servicio público de gas natural, determinados por el Gobierno Nacional a través de la aplicación de los decretos 517 y 798 de 2020, las resoluciones CREG 059 y 105 de 2020 y resolución conjunta 40209 de 2020, son los siguientes:
- Los usuarios residenciales de los estratos 1 y 2 que no puedan realizar el pago en el mes de agosto, de su factura entregada en julio, se les diferirá de manera automática el consumo a 36 meses de la siguiente manera: a) El valor correspondiente al consumo de subsistencia (los primeros 20 m3) con tasa de interés del 0% y b) El consumo que exceda el consumo de subsistencia, con una tasa de interés que establezca la empresa conforme a las disposiciones normativas vigentes.
- Los usuarios residenciales de los estratos 3 y 4 que no les sea posible pagar la factura de gas en el mes de agosto, de su factura entregada en julio, se les diferirá su consumo total del mes, incluido el cargo fijo, a 24 cuotas con una tasa de interés que establezca la empresa conforme a las disposiciones normativas vigentes.
- Recordamos igualmente a nuestros usuarios, que el período de gracia establecido en la Resolución CREG 059 de 2020 finaliza en el mes de julio, por tanto las primeras cuotas diferidas comenzarán a reflejarse en la factura que recibirá en el mes de agosto.
En este periodo de gracia, el consumo que excede al de subsistencia, es decir, el consumo que exceda los primeros 20 metros cúbicos, será sujeto de causación de intereses a la tasa indicada en los numerales anteriores, que igualmente se diferirán a 36 o 24 meses según corresponda.
Una vez se inicie el cobro de las cuotas diferidas y si el usuario no efectúa el pago de las mismas dentro de los plazos establecidos por la empresa, se procederá con la suspensión del servicio.
- Los usuarios que se acojan a la medida de pago diferido podrán pagar dicho saldo de manera anticipada al plazo definido, en cualquier momento, sin aplicación de sanciones ni de costos adicionales por parte de la empresa.
- El decreto ley 517 de 2020 ha establecido como alternativa de solidaridad, que los usuarios residenciales de los estratos 4, 5, 6 y usuarios comerciales e industriales aporten voluntariamente el valor sugerido por la empresa en la factura, que para este caso es de quinientos pesos Mcte ($500), el cual los usuarios en mención tendrán la posibilidad de incluirlo comunicándose a través de nuestras líneas de atención al cliente y en nuestra página de internet www.cusianagas.com Estos recursos serán trasladados a la cuenta bancaria que disponga el Ministerio de Minas y Energía, entidad que los destinará para brindar alivios económicos en servicios domiciliarios de gas combustible a los usuarios que ellos determinen.
Adicionalmente, a los usuarios que no hayan realizado el pago en el mes de abril de la factura entregada en el mes marzo, este monto aparecerá como valor en mora en la factura que se entregará en el mes de julio para pagar en agosto. Por esto, invitamos a los usuarios para que realicen un acuerdo de pago con la empresa durante el mes de agosto.
Así mismo, invitamos a nuestros usuarios que puedan realizar el pago de su factura, a que utilicen los canales virtuales dispuestos por la compañía como el botón AvalPayCenter que encontrarán en nuestra página web www.cusianagas.com, App Davivienda o a través del Banco de Bogotá, puntos Baloto, Almacenes Éxito, y en los distintos puntos de recaudo de nuestros aliados que podrán consultar en nuestra página web (Supergiros y Efecty).
Recordamos a nuestros usuarios que continuamos atendiendo sus inquietudes a través de la línea de atención 038 6819086 en el horario de lunes a viernes de 7 a.m. a 4 p.m. en jornada continua. De igual manera atendemos sus emergencias 24 horas al día en las líneas 164, línea fija 6819085 y línea gratuita 018000936521.