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El gobierno nacional por medio del ministerio del interior aprobó los planes pilotos para la reapertura de los bares, pero los mismos no podrán vender licores en sus locales, sino que deben limitarse a ofrecer el servicio como lo hacen los restaurantes o ventas de comidas rápidas.
Según el Decreto 1076 del 2020, los alcaldes deberán solicitarle las autorizaciones respectivas al mininterior para permitir la apertura de dichos establecimientos de comercio previa verificación del cumplimiento de las medidas de bioseguridad para prevenir el contagio de la covid-19.
La medida no ha sido bien recibida por los propietarios de estos establecimientos comerciales, ya que su razón de ser es precisamente la venta del licor para el consumo dentro de sus locales comerciales, y por ende la medida dada a conocer por el mininterior es inocua.