De ahora en adelante y, por obligación, las empresas de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo deberán incorporar y articular sus planes al Plan Municipal de la Gestión del Riesgo de Desastre y Estrategias municipales de respuesta, los cuales, actualmente son formulados por las alcaldías del país gracias a la Resolución No. 0527 de 2018 expedida por el Ministerio de Vivienda.
Esto para que los Planes de Emergencia y Contingencia del sector de agua potable y saneamiento básico cumplan lo estipulado en la normatividad vigente. Además, se establece que las empresas de servicios públicos domiciliarios tendrán que socializar estos planes ante el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres respectivo.
Es fundamental que los miembros de este Consejo verifiquen la inclusión de los contenidos de los planes de emergencias y contingencia dentro de la estrategia de respuesta municipal para los casos en que se presenten desastres que puedan afectar la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.
“Lo que buscamos con esta resolución es poder armonizar y articular cada vez más las acciones de las diferentes entidades locales, de tal forma que se pueda estar mejor preparados y poder ejecutar las respuestas a las emergencias de manera oportuna y efectiva”, manifestó el ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, Camilo Sánchez, quien agregó que las empresas de servicios públicos contarán con un tiempo máximo de 12 meses para dar cumplimiento a lo estipulado por dicha Resolución.
“Durante varios eventos de emergencia presentados en el país, identificamos que en algunos municipios se podían presentar demoras o inconvenientes en la ejecución de acciones de atención inmediata porque existía desarticulación entre los planes de respuestas y los planes de emergencias y contingencia, por lo cual se retrasaban algunas medidas como la declaratoria de calamidad pública, entre otros”, afirmó el Ministro.
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