El horario de atención de los establecimientos nocturnos ira hasta las 12:00 de la noche, durante el periodo del decreto. Se prohíbe dentro de la jurisdicción del Municipio: el transporte de cilindros de gas o cualquier líquido inflamable (incluso hidrocarburos), el transporte de escombros, materiales de desecho y material de cantera. Además solo se permitirá la circulación de motocicletas entre las 4:00 am. a las 11:00 pm. sin parrillero.
De acuerdo al decreto N. 054 de mayo 15 de 2008 se activan las medidas de protección a los menores de edad (niños, niñas o adolescentes), que estén en las calles desde las 9:00 pm. hasta las 5:00 am.
Esto se hace con el propósito de prevenir cualquier alteración del orden público en el Municipio y las autoridades harán el control respectivo para hacer cumplir las medidas.