Los procesos contractuales en el municipio de Trinidad, no cumplen a cabalidad los principios de la contratación pública, enmarcados en la Ley 80 de 1993, así se desprende de los procesos de selección abreviada de menor cuantía adjudicados en el mes de diciembre del 2017, principios como el de Economía, Publicidad, Transparencia y Responsabilidad.
Casos como el de los contratos 014/2017 (REALIZAR LAS ADECUACIONES Y EL MANTENIMIENTO A LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA DE LAS VEREDAS: PASO REAL DE LA SOLEDAD, EL VALLE, ARRAYANES, GUASIMAL, EL PALITO Y SANTA IRENE DEL MUNICIPIO DE TRINIDAD, DEPARTAMENTO DE CASANARE.), por valor de $206.558.554, y el 0301/2017 (PRESENTAR EL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN EN MODALIDAD DE ALMUERZO CALIENTE PREPARADO EN SITIO, COMO COMPLEMENTO NUTRICIONAL PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE VIDA DE LA POBLACIÓN ADULTO MAYOR QUE ASISTE AL CENTRO DÍA «HORIZONTE OTOÑAL» DEL MUNICIPIO DE TRINIDAD, DEPARTAMENTO DE CASANARE), por valor de $201.250.000.
En ambos contratos no están publicadas las planillas de recepción de ofertas, observaciones y respuesta a observaciones, informes financieros, económicos y jurídicos; el del 014 publicaron primero el acta de inicio que el contrato, con una diferencia de 12 días, es decir, primero inician las obras que firmar el contrato; en ambos contratos no se sabe quiénes son los integrantes del Consorcio y de la Unión Temporal; en el contrato 0301, aparece en la página del Secop dos modalidades de contratación diferentes para el mismo proceso, al inicio es selección abreviada de menor cuantía, y en las especificaciones dice contratación directa.
Sería interesante que los órganos de control revisarán estos procesos contractuales y emitieran sus resultados, de igual manera sería interesante que la administración municipal le explicara a la ciudadanía del municipio por qué no cumplen los principios de la contratación pública, en especial los de Publicidad y Transparencia, ya que están adjudicando contratos que se pagan con recursos públicos.