La Administración Municipal emitió el Decreto No. 143 de 2021 “POR EL CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS DE ORDEN PÚBLICO EN VIRTUD DE LA EMERGENCIA SANITARIA GENERADA POR LA PANDEMIA DEL CORONAVIRUS COVID – 19 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”.
Con este Decreto se le sigue apostando, desde la empatía, a la reactivación segura y económica, invitando a los yopaleños a ponerse en los “zapatos del otro”. Una vez se tuvo la autorización del Ministerio del Interior, la Secretaria de Gobierno, Karen López, pudo socializar las medidas que ya se venían advirtiendo desde tempranas horas de la mañana.
De igual manera, este Decreto es más amigable con el trabajo de sectores comerciales afectados por la pandemia, por medidas como el toque de queda: restaurantes podrán trabajar a puerta cerrada hasta las 10:00 p.m. y el transporte público podrá garantizar la movilidad de los yopaleños pese a la restricción vehicular.
Se ha ampliado el horario de toque de queda y se continúa el compromiso con la reactivación segura y económica, con horarios en los que la ciudad siga tomando el curso del crecimiento económico, SIN PERDER EN NINGÚN MOMENTO la responsabilidad que tenemos frente a la pandemia de Covid – 19.
Estas son las medidas establecidas:
TOQUE DE QUEDA
INICIA
TERMINA
Jueves 1 de julio a las 7:00 p.m.
Viernes 2 a las 5:00 a.m.
Lunes 5 desde las 7:00 p.m.
Martes 6 a las 5:00 a.m.
Martes 6 desde las 7:00 p.m.
Miércoles 7 a las 5:00 a.m.
Miércoles 7 desde las 7:00 p.m.
Jueves 8 a las 5:00 a.m.
Jueves 8 desde las 7:00 p.m.
Viernes 9 a las 5:00 a.m.
Lunes 12 desde las 7:00 p.m.
Martes 13 a las 5:00 a.m.
Martes 13 desde las 7:00 p.m.
Miércoles 14 a las 5:00 a.m.
Miércoles 14 desde las 7:00 p.m.
Jueves 15 a las 5:00 a.m.
PICO Y CÉDULA
Desde el jueves 1 de julio hasta el jueves 15 de julio, según día par o impar.
FECHA
DÍGITOS HABILITADOS
Jueves 1 de julio
1,3,5,7 y 9
Viernes 2 de julio
0,2,4,6 y 8
Sábado 3 de julio
1,3,5,7 y 9
Domingo 4 de julio
0,2,4,6 y 8
Lunes 5 de julio
1,3,5,7 y 9
Martes 6 de julio
0,2,4,6 y 8
Miércoles 7 de julio
1,3,5,7 y 9
Jueves 8 de julio
0,2,4,6 y 8
Viernes 9 de julio
1,3,5,7 y 9
Sábado 10 de julio
0,2,4,6 y 8
Domingo 11 de julio
1,3,5,7 y 9
Lunes 12 de julio
0,2,4,6 y 8
Martes 13 de julio
1,3,5,7 y 9
Miércoles 14 de julio
0,2,4,6 y 8
Jueves 15 de julio
1,3,5,7 y 9
HORARIO ESPECIAL DE REACTIVACIÓN SEGURA Y ECONÓMICA PARA LOS DÍAS VIERNES, SÁBADOS Y DOMINGOS
Establecimientos que ejerzan la comercialización y venta de bebidas alcohólicas podrán operar desde las 10:00 a.m. y hasta 11:59 p.m.
Clubes podrán operar desde las 9:00 p.m. y hasta las 2:00 a.m. del día siguiente
RESTRICCIÓN A LA MOVILIDAD PARA LOS DÍAS VIERNES, SÁBADO Y DOMINGO
Se restringe la circulación de vehículos de servicio particular (motocicletas, camperos, pick-up, automóviles y motocarros) para los días viernes, sábados y domingos de la siguiente manera:
Desde las 7:00 p.m. del viernes 2 y hasta las 5:00 a.m. del sábado 3
Desde las 7:00 p.m. del sábado 3 y hasta las 5:00 a.m. del domingo 4
Desde las 7:00 p.m. del domingo 4 y hasta las 5:00 a.m. del lunes 5
Desde las 7:00 p.m. del viernes 9 y hasta las 5:00 a.m. del sábado 10
Desde las 7:00 p.m. del sábado 10 y hasta las 5:00 a.m. del domingo 11
Desde las 7:00 p.m. del domingo 10 y hasta las 5:00 a.m. del lunes 12
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