El exalcalde de Yopal Wilmán Enrique Celemín, no será arrestado como lo pedía la Defensoría del Pueblo Regional Casanare, la cual, mediante petición radicada ante el Tribunal Administrativo de Casanare, solicitaba que por presuntamente el exmandatario no haber cumplido unas ordenes de medidas cautelares ordenadas en el 2014, en torno a pagar unas multas, dichos incumplimientos debería ser convertidos en arresto.
La petición de la Defensoría se da al amparo de la acción popular del agua que cursa en el alto tribunal, y que fue impetrada por el abogado Wilfran Castrillo, en el año 2012, buscaba que se verificará si el exalcalde acreditó o demostró el pago de la multa equivalente a 50 salarios mínimos mensuales legales vigentes, ordenada el 5 de septiembre del 2014 y ratificada por el Consejo de Estado el 4 de diciembre del 2014, la cual cobró ejecutoria el 25 de marzo del 2015, y si dicha medida no se ha cumplido ordene el arresto del mencionado exalcalde.
Ante dicha solicitud, el alto tribunal manifestó en falo del 27 de agosto del año en curso que, “resulta improcedente convertir en arresto una multa impuesta en el año 2014, cuando el señor Celemín ya no es servidor público ni el responsable de la medida cautelar ordenada en los fallos, y cuando además las medidas se están ejecutando por los representantes legales de las entidades responsables”. Y ordena de oficio enviar el fallo a la dirección ejecutiva seccional Boyacá-Casanare. Oficina de cobro coactivo del Consejo Superior de la Judicatura, para los efectos o averiguaciones a que haya lugar.