De acuerdo con el compromiso adquirido por la Fiscal General de la Nación (e), Martha Janeth Mancera, de esclarecer los delitos que afectan la seguridad ciudadana y la integridad de las mujeres en Colombia, una fiscal adscrita a la seccional Casanare logró retomar el caso de una mujer que apareció muerta en agosto 2011, en las aguas del río Cusiana.
Por el avanzado estado de descomposición en el que fue hallado el cuerpo, en la necropsia practicada en el centro asistencial de Aguazul (Casanare), no se pudo establecer con exactitud la causa de la muerte. Desde entonces el caso no tuvo mayores avances.
Pero debido al juicioso estudio de la fiscal que retomó el caso, se detectó que algo no cuadraba en todo el proceso, por lo que, 12 años después, solicitó la exhumación de los restos de la víctima que reposaban en un cementerio en el departamento de Boyacá.
Posteriormente, en el Instituto Colombiano de Medicina Legal de Villavicencio (Meta), con ayuda de tecnología de punta, antropólogos forenses durante tres meses estudiaron cada hueso de la víctima.
Tras este juicioso y científico análisis se pudo establecer que la muerte de Nancy Liliana Bello Avella no había sido accidental sino por estrangulamiento.
Con base en este nuevo material probatorio, la Fiscalía le solicitó a un juez orden de captura en contra de Juan Carlos Salamanca Ariza, por ser el presunto responsable de cometer el crimen.
La investigación permitió determinar que el día de su fallecimiento, la víctima, identificada como Nancy Liliana Bello Avella, era llevada por su entonces pareja sentimental hacia el municipio de Aguazul (Casanare), y que durante el trayecto se presentó una discusión entre la pareja que habría terminado con la muerte de la víctima.
La captura de Salamanca Ariza se hizo efectiva por parte de servidores del Cuerpo Técnico de Investigación de Casanare el pasado 20 de febrero en la ciudad de Sogamoso (Boyacá), en coordinación con unidades del Gaula del Ejército.
La Fiscalía le imputó los delitos de homicidio agravado en concurso con ocultamiento, alteración o destrucción de elementos materiales probatorios. Es de aclarar que para la fecha del crimen (2011) no existía el delito de feminicidio.
La fiscal del caso lo presentó ante un juez con función de control de garantías, quien avaló los elementos materiales probatorios aportados por el ente acusador y le impuso medida de aseguramiento en centro carcelario como presunto responsable del homicidio de su esposa para la época de los hechos.
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