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Generadores de aguas residuales no domesticas deben formalizar concesión de vertimientos

La Corporación Autónoma Regional de la Orinoquia – Corporinoquia se permite informar a las empresas o personas naturales que ejercen actividades relacionadas con lavaderos de carros y estaciones de servicio, así como todas aquellas que generan aguas residuales no domesticas que deben actualizar sus trámites para obtener dichos permisos de acuerdo a lo estipulado en el Decreto Único Reglamentario 1076 de 2015 y/o dar cumplimiento a la Resolución 631 de 2015.

Según la normatividad vigente los propietarios de estos establecimientos deben tramitar el permiso de vertimientos ante Corporinoquia, así el vertimiento se este realizando al alcantarillado público de la ciudad.

No obstante, los establecimientos deben seguir registrándose ante las empresas de servicios públicos, ya que estas debe tener de un control de qué es lo que se esta vertiendo al alcantarillado.

A su vez, Corporinoquia hace un llamado de atención a todos aquellos establecimientos que están realizando vertimientos de grasas y aceites al alcantarillado, ya que para casos puntuales como el municipio de Yopal este tipo sustancias dificultan el proceso de biorremediación que se viene desarrollando en la PTAR para lo cual se adelantarán controles más estrictos e invita a la comunidad a denunciar este tipo de prácticas.

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