La Gobernación de Casanare, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, y los líderes del gremio arrocero de Casanare, socializaron ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Federación Nacional de Departamentos el documento con las observaciones para la resolución «por la cual se fija el precio base de pago del arroz paddy verde 2018», elaborado durante mesas de trabajo previas con los actores del sector arrocero del departamento.
En este documento se solicitó la evaluación e inclusión de las siguientes observaciones:
1. Ajustar el factor de rendimiento de arroz pilado promedio nacional a un rango ente 0,56 a 0,62.
2. Que la Superintendencia de Industria y Comercio sea la entidad responsable de ejercer las funciones de vigilancia, aval y administración de los laboratorios para la medición de la calidad del arroz paddy verde, según el decreto 2269 de 1993 y el decreto 1471 de 2014.
3. Ajustar el valor de las 480.000 hectáreas, a un valor en kilogramos de arroz y se sugiere que el rendimiento de arroz se debe zonificar, es decir, que para los llanos orientales aplique un rendimiento de 5,5 t/ha.
4. Se solicita que la resolución se estandarice a Kilogramos de Arroz por Zona, en vez de emplear UPA’s (o cualquier otra unidad de área), debido a que el arroz se paga en dicha unidad de medida y ésta a la vez, es más equitativa para todas las zonas de país. En este sentido, el alcance para la aplicación del precio base del arroz paddy verde, deberá estar en función solamente del peso del arroz en kilogramos.
5. En lo referente a la metodología y criterios para determinar el precio base de pago del arroz paddy verde, se sugiere que:
· Se incluya la propuesta de la fórmula que entregó el departamento de Casanare a la mesa de precio y la mesa técnica y de calidades, que fija el precio al cual se deberán sujetar las compras de arroz paddy verde.
· Se tenga en cuenta la implementación de la tabla de doble descuento.
· La Superintendencia de Industria y Comercio audite el software de los molinos, para que se incluyan también la bonificación y no solamente los castigos.
6. Frente al ámbito de aplicación de la resolución, se solicitó que el productor de arroz acreditara mínimo 3 años de experiencia en la zona, dentro de los últimos 5 años y que los nuevos agricultores (relevo generacional) puedan ser habilitados bajo siembras que no superen el área media departamental de los últimos 3 años.
7. Ajustar el proceso de inscripción de productores y registro de comercialización, para ser objeto de la presente resolución, con el fin de garantizar los incentivos a los agricultores.
Estas sugerencias siguen en estudio por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y el Consejo Nacional del Arroz.