Judiciales

La empresa que administraba el llamado “terminal de Yopal” deberá reintegrar los dineros que cobró ilegalmente por tasa de uso

El Tribunal Administrativo de Casanare, le ordenó a la empresa “Transportes y Servicios del Oriente SAS”, de propiedad del exconcejal de Yopal Oromairo Avella, devolverle a la empresa Ceiba, los dineros recaudados por concepto de tasas de uso que cobrara al interior del llamado “terminal de transportes de Yopal”, desde el 23 de febrero del 2017 al 18 de mayo del 2018, ya que según el alto tribunal esos cobros son ilegales.

La decisión del Tribunal se enmarca en la sentencia de una acción popular impetrada por el abogado Guillermo Gaviria, contra la empresa Ceiba, la Superintendecia de Puertos y Transportes, y la empresa Transportes y Servicios del Oriente SAS, en al cual se demandaba el derecho colectivo a la moralidad administrativa por el cobro irregular de la tasa de uso al interior del terminal de la capital casanareña y la celebración indebida del contrato Nº 075 de 2017 (arrendamiento de las bahías del “terminal”), por las omisiones e improvisaciones por parte de la citada empresa con anuencia de la Superintendencia de Puertos y Trasporte.

El alto tribunal manifiesta que la empresa CEIBA EICE en liquidación, haciendo uso del contrato de arrendamiento, permitió que una empresa particular, efectuara cobros por concepto de tasa de uso, sin estar facultada para ceder su administración en este aspecto y sin que el terminal de transporte de Yopal se encontrará homologado; que con dicha irregularidad, benefició a la empresa Transportes y Servicios del Oriente SAS, la cual efectuó recaudo por concepto de tasa de uso, sobre áreas operacionales del terminal de transporte; sin que se hubiese efectuado una rendición de cuentas sobre dichos cobros y su destinación.

Finalmente en la sentencia se resalta que se advierten irregularidades en el cobro de las tasas de uso en el terminal de transporte de Yopal a las empresas que prestan el servicio de transporte público terrestre intermunicipal, bajo la figura del contrato de arrendamiento suscrito entre un particular y la CEIBA EICE, y  en la transferencia del inmueble donde funciona el terminal de transportes a la mencionada empresa industrial y comercial del Estado, se ordenará remitir copia completa del expediente a la Fiscalía General de la Nación, a la Procuraduría General de la Nación y a la Contraloría General de la República para que determinen la actuaciones a que hayan lugar.

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