En fallo de segunda instancia emitido por el Honorable Tribunal Administrativo de Casanare, se le ordena a EQUIÓN que restituya al municipio de Yopal, las áreas verdes y vías, que tiene encerradas en el barrio Bon Hábitat donde se encuentra el Hospital regional de Yopal, para lo cual le dio un plazo máximo de un mes, una vez ejecutoriado el presente fallo.
De igual manera, el fallo le ordena al municipio que inicie las actuaciones administrativas y/o judiciales, a que haya lugar para recuperar el espacio ilegalmente tomado por la E.S.E Hospital de Yopal, dentro del mes siguiente a la ejecutoria de este fallo.
Estas decisiones se toman al fallar en segunda instancia una acción popular impetrada por el señor Héctor Alfredo Suárez Mejía, contra el municipio de Yopal, el IDURY, Equión Energy, y en las consideraciones del fallo se vincula al Hospital de Yopal.
Manifiesta el accionante que, el municipio de Yopal otorgó licencia de urbanismo al proyecto denominado “ciudadela Estrella Bon Hábitat”, y le cedió al municipio las zonas verdes y vías al interior del proyecto, las cuales fueron encerradas de manera inconsulta tanto de parte de Equión como del Hospital de Yopal, las zonas verdes son conocida como las “plazas de la Rebelión 1,2,3,4 y los parques naturales Usíbar y Doña Elvia; las vía corresponden a las nomenclaturas de vía urbana 1 o “avenida Luis Agustín García”, carrera séptima, y las calles 21 y 22.