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Personero de Támara pretendía modificar la planta de personal sin estudio técnico

La administración municipal de Támara, en cabeza de su alcalde Leonel Rodríguez, objetó por ilegalidad el Acuerdo aprobado por el concejo municipal, mediante el cual se modificó la escala salarial de la secretaría de la personería municipal, en el cual se le cambiaba su grado, al pasar de 3 a 4, es decir más salario, debido a que según el personero dicha funcionaria tenía una hoja de vida superior al grado que ostentaba.

El Acuerdo objetado es el 004.2020 del 31 de mayo del 2020, y fue presentado directamente por el personero municipal, y fue aprobado de manera retroactiva, es decir, a la secretaría se le pagaría el nuevo salario desde el 1 de enero del 2020. El proyecto de Acuerdo presentando por el personero y aprobado por el concejo carecía de un estudio técnico que definiera la necesidad de la modificación del grado de la funcionaría que se desempeña como secretaría de la entidad.

De otra parte, el Tribunal Administrativo de Casanare, al exponer los motivos de la decisión no compartió la tesis del procurador delegado ante el tribunal, para el cual, no le asistía razón al alcalde para objetar el Acuerdo ya que el personero tenía la facultad para hacerlo, situación que no era el centro de la demanda, con base a lo anterior, el alto tribunal aceptó las objeciones presentadas por la alcaldía y por ende la secretaría de la personería de ese municipio seguirá devengando el mismo salario que traía durante el año.

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