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Por no haber entregado información a tiempo, en la rectoría de Sandra Patricia Rincón, sancionan a Unitrópico

Una fuerte sanción económica le fue impuesta a la Fundación Universitaria del Trópico Americano, Unitrópico, por parte de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, UGPP, por no haber aportado a tiempo la información requerida sobre el pago de los aportes de la seguridad social de los trabajadores de la universidad, del periodo comprendido entre el 1 de enero del 2011, al 31 de diciembre del 2013.

Según la Resolución RDO-2018-03690, emitida por la UGPP, mediante correo certificado de fecha 3 de julio de 2014 (la rectora era Sandra Patricia Rincón), se le notificó a Unitrópico para que allegaran la información requerida, para ello tenían plazo hasta el 18 de septiembre del 2014, la administración de la universidad contestó de manera parcial la información solicitada el 17 de septiembre del 2014, y de manera extemporánea entregó otra información parcial.

Dice la UGPP en su Resolución que “la aplicación de esta sanción, tiene su naturaleza en un estricto mandato legal sobre las acciones desplegadas por esta Unidad, por lo cual es necesario tener en cuenta lo establecido en el numeral 3° del artículo 179 de la Ley 1607 de 2012, el cual señaló: “ARTÍCULO 179. SANCIONES. La UGPP será la entidad competente para imponer las sanciones de que trata el presente artículo y las mismas se aplicarán sin perjuicio del cobro de los respectivos intereses moratorios o cálculo actuarial según sea el caso. (…) 3. Las personas y entidades obligadas a suministrar información a la UGPP, así como aquellas a las que esta entidad les haya solicitado informaciones y/o pruebas, que no la suministren dentro del plazo establecido para ello, se harán acreedoras a una sanción de cinco (5) UVT por cada día de retraso en la entrega de la información solicitada.”

Es por ende que la sanción impuesta a Unitrópico es de $143.883.975, los cuales deben ser cancelados a la UGPP, y contra dicha sanción ya no procede ningún recurso, ya que los trámites de reposición ya se habían realizado.

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