A pocos días de llevarse a cabo en todo el país la iniciativa ciudadana de “Consulta Popular Anticorrupción”, programada para el domingo 26 de agosto, la Procuraduría General de la Nación impartió instrucciones precisas sobre las condiciones de inhabilidad o restricciones que tienen los servidores públicos pertenecientes a la Rama Judicial, órganos electorales y de control, de seguridad y Fuerza Pública.
Mediante la expedición de la Directiva 010 de 2018, el Ministerio Público recordó la inhabilidad que existe en los servidores pertenecientes a dichas entidades, para “debatir, deliberar, y expresar pública y libremente sus opiniones frente a la Consulta Popular Anticorrupción”.
De hecho, la Procuraduría advierte en el numeral quinto del documento que “los servidores públicos que decidan hacer campaña y les corresponda cumplir funciones relacionadas con el proceso de las votaciones (…) deberán manifestar tal circunstancia ante las autoridades competentes”. Y agrega en el numeral séptimo:
“Los servidores públicos que incurran en las prohibiciones aquí señaladas, podrán quedar incursos en falta disciplinaria, sin perjuicio de las demás acciones que corresponda adelantar”. Finalmente, la Procuraduría aclara que los servidores públicos exentos de esta medida, podrán participar activamente en la Consulta “siempre y cuando no se afecte la adecuada prestación de la función pública encomendada”.