Por estos días se han realizado reuniones en la secretaría de educación del departamento de Casanare, tendientes a buscarle una solución a la problemática de la institución educativa Arturo Salazar Mejía de Támara, la cual funcionaba en las instalaciones de un colegio propiedad de la congregación de las Hermanas Dominicas de la Presentación, se ha mencionado que por orden judicial los estudiantes debían desocupar dichas instalaciones, ante estas afirmaciones este medio de comunicación buscó al abogado Amílcar Rodríguez, quien es el apoderado de las Hermanas Dominicas, para que nos explicará la situación del colegio de Támara, y esto fue lo que nos dijo.
La Secretaría de Educación Departamental, resultó ocupando por las vías de hecho, sin mediar contrato alguno de arrendamiento, la planta física del inmueble mencionado a partir del 21 de noviembre de 2011. Pasado tres años sin que el departamento reconociera alguna contra prestación por el uso del inmueble, la Congregación de las Hermanas inicio un proceso de Reparación Directa para que declararan al Departamento administrativamente responsable por la ocupación del inmueble sin mediar el contrato.
El Tribunal Administrativo en Segunda Instancia, condenó al departamento el 14 de julio de 2016 a pagar a la comunidad la suma de TRECIENTOS MILLONES DE PESOS ($300.000.000) por la ocupación del inmueble, y además le ordenó que debía legalizar la situación Jurídica con las propietarias del inmueble mediante tres alternativas: adquirir la propiedad del inmueble. Celebrar un contrato de arrendamiento con la propietaria o entregar el inmueble, circunstancias que debían de suceder antes del 21 de noviembre de 2016.
El Departamento se reusó a pagar la sentencia, y tampoco legalizó la situación por ninguno de los mecanismos trazados por el Tribunal Administrativo de Casanare; lo que hizo que las demandantes iniciaran un Proceso Ejecutivo para ejecutar la sentencia. En este proceso, se embargaron recursos del Departamento y mediante el proceso ejecutivo el departamento hubo de pagar por capital, interés y costas procesales QUINIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES CIENTO SETENTA MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS ($591.170.794), según providencia del 03 de diciembre de 2018.
Sin embargo, el Departamento pese a pagar semejante cantidad por manifiesta negligencia y rebeldía contra las providencias judiciales, no legalizó la situación y continúo ocupando el inmueble sin contrato. De nuevo el Juzgado de conocimiento, ordenó pagar a la Congregación propietaria del inmueble hasta el 30 de junio 2019, la suma de CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS ($137.535.636), que ya fueron consignados a la Congregación. La providencia que ordenó este pago, también dispuso compulsar las respectivas copias ante las autoridades competentes.
En este orden de ideas, no es cierto, que un Juez haya ordenado al Departamento el desalojo de los estudiantes del Colegio de Támara. Lo que la Jurisdicción Administrativa ha solicitado al Departamento, es que se legalice la situación del inmueble para evitar detrimento patrimonial y probables responsabilidades, administrativas, fiscales y penales. Tampoco es cierto, que el Rector del Colegio Padre Víctor Manuel Ramírez haya coadyuvado en el mencionado desalojo de los estudiantes, se anexa carta.
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