El Tribunal Administrativo de Casanare ratificó en segunda instancia una sanción económica interpuesta contra el ex agente interventor de la empresa de acueducto, alcantarillado y aseo de Yopal, Constantino Tamí Jaimes, por no haber suministrado a tiempo y de manera completa una información solicitada por la Contraloría Departamental de Casanare, al tenor de una auditoría especial realizada a la empresa.
La sanción se derivó por no suministrar a tiempo una información relacionada con el contrato mediante el cual se otorgó la construcción de la planta modular de tratamiento de agua potable para la ciudad, ubicada en la vereda la Vega, cuando el ente de control requirió al ex funcionario este suministró la información en medio magnético, la cual no pudo ser leída, por ende, fue requerido por segunda vez, pero nuevamente la información no sirvió.
Con base en la dilación en la entrega de la información por parte del señor Tamí, lo que para el órgano de control se tipifico como entorpecimiento de la investigación, por lo que fue sancionado en primera instancia con $8.700.000, los cuales en una acción de reposición le fue rebajada a $4.350.000. Esta decisión de primera instancia fue demandada por el señor Tamí, quien buscaba mediante la figura de nulidad y restablecimiento del derecho, que el alto tribunal lo exonerará de la sanción, situación que le fue adversa, y por ende el ex agente deberá pagar la sanción correspondiente.
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