La Personería municipal de Paz de Ariporo, interpuso una acción popular mediante la cual buscaba que se le protegieran los derechos colectivos en materia de salud de los habitantes de Paz de Ariporo, solicitud que fue aceptada por el tribunal Administrativo de Casanare, el cual, vincula en la medida al ministerio de salud y a la gobernación de Casanare.
El Tribunal aduce en el fallo que Red Salud Casanare transgredió las normas constitucionales y legales de garantizar la atención en salud a la población, y por el contrario presta un servicio ineficiente y no adoptó las medidas necesarias para mejorarlo; a su vez el Tribunal le ordena a Red Salud Casanare, realizar un inventario sobre la calidad, cantidad y estado de todos los elementos que se encuentran abandonados en cada uno de los puestos de salud del municipio de Paz de Ariporo.
Según el alto tribunal, el ministerio de salud vulneró los derechos colectivos de salud de los habitantes de Paz de Ariporo, por no haber verificado la falta de atención en salud de la población de dicho municipio, así como la ineficiencia en la prestación de ese servicio por parte de Red Salud Casanare.
Finalmente, el Tribunal les da un plazo de 10 meses a la gobernación de Casanare, ministerio de salud y Red Salud Casanare, para que realicen un estudio sobre las necesidades en salud del municipio, y de igual manera deberá plantear cronograma de actividades, obras a realizar y responsables. Mientras se elabora el estudio, el Tribunal le ordena a Red Salud implementar plan de atención, deberá poner en funcionamiento un sistema que permita acceder de manera eficaz al servicio de salud a los habitantes del municipio, y realizar las adecuaciones locativas del centro de salud municipal, plazo 20 días.
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