El ministerio de salud autorizó la apertura de los cines y teatros en el país, la autorización se da con la expedición de la Resolución 1408 del 2020, mediante la cual se dan las normas de bioseguridad que deben cumplir estos establecimientos comerciales.
Como primera medida se establece que el aforo del cine no debe superar el 50% de su capacidad, debe darse el aislamiento de dos metros entre cada usuario, es decir, dos sillas de por medio entre cada asistente, no se permite el consumo de bebidas y alimentos al interior del local, debe garantizarse los elementos de aseo y bioseguridad al ingresos a cada local, las puertas y ventanas deben permanecer abiertas, los asistentes deben permanecer con el tapabocas obligatoriamente.
Las secretarías de salud territoriales serán las encargadas de la verificación del cumplimiento de las medidas sanitarias por parte de los propietarios de los cines como por ejemplo habilitar lavamanos, gel, y jabón, para que puedan prestar el servicio sin riesgos.