La Secretaría de Salud Departamental emitió la Circular 220 dirigida a las Empresas Sociales del Estado, EAPB, IPS, publicas y privadas en el departamento de Casanare, secretarios de Salud, Desarrollo y referentes de salud pública municipales, con el fin de activar los Planes de Contingencia, Planes Hospitalarios de Emergencia y Declaratoria de Alerta Amarilla en la Red Hospitalaria.
En la circular, el secretario de Salud, Rafael Quintero, ha solicitado la activación de los respectivos Planes de Contingencia de las instituciones, ante el proceso electoral de autoridades territoriales, a realizarse el próximo 27 de octubre, y por las posibles situaciones o fenómenos antrópicos generados en anteriores eventos de este tipo, se tiene la necesidad de generar una oportuna y eficiente respuesta en la atención de la población afectada por urgencias, emergencias o desastres en el Departamento.
Es necesaria la preparación ante cualquier eventualidad, además de garantizar el adecuado funcionamiento y prestación del servicio de la red de ambulancias, para el transporte seguro de posibles afectados.
De la misma manera, se informa que, se declara la Alerta Amarilla Hospitalaria, a partir del próximo viernes 25 de octubre a las 18:00 horas, hasta el martes 29 de octubre a las 18:00 horas, para lo cual se deben activar los respectivos Planes Hospitalarios de Emergencias, especialmente en la intensificación de medidas preventivas y de control para posibles eventos relacionados con este tipo de situaciones y Ia respectiva verificación y dotación de medicamentos, dispositivos médicos, gases medicinales, etc.
La Secretaria de Salud Departamental prestará todo el apoyo necesario y deberán reportar cualquier eventualidad a través del Centro Regulador de Urgencias y Emergencias (CRUE), para efectos de coordinación de la red, en los siguientes números telefónicos: Fijo 6345555 y Celular 3173717451, los cuales funcionan las 24 horas.
La Secretaría de Salud de Casanare reitera su compromiso de garantizar la salud de la comunidad, como derecho fundamental contemplado en la Constitución Política de Colombia y de contribuir a la regulación y atención oportuna de los pacientes en la Red de Prestación de Servicios de Salud del Departamento.
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