Considerando los recientes cambios establecidos para el Impuesto de Industria y Comercio para contribuyentes de régimen común, la Secretaría de Hacienda de Yopal amplió el plazo de la declaración bimestral próxima, mediante Resolución 2336 del 2022 (que modifica la 7417 de 2021), sobre el calendario tributario.
Por lo tanto, la declaración bimestral para el impuesto de Industria y Comercio vencerá en las siguientes fechas:
Enero-febrero 2022 el 15 de abril de 2022
Marzo-abril 2022 el 31 de mayo de 2022
Mayo-junio 2022 el 29 de julio de 2022
Julio- agosto 2022 el 30 de septiembre de 2022
Septiembre- octubre 2022 el 30 de noviembre de 2022
Noviembre-diciembre 2022 el 31 de enero de 2023
Igualmente, para la declaración de retención del impuesto de Industria y Comercio, y complementarios de avisos y tableros y sobretasa Bomberil; los agentes retenedores deberán declarar y pagar las retenciones practicadas, en las siguientes fechas:
Enero-febrero 2022 el 16 de marzo de 2022
Marzo-abril 2022 el 17 de mayo de 2022
Mayo-junio 2022 el 19 de julio de 2022
Julio- agosto 2022 el 16 de septiembre de 2022
Septiembre- octubre 2022 el 18 de noviembre de 2022
Noviembre-diciembre 2022 el 17 de enero de 2023
De esa manera se busca facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de esta obligación con el Municipio.
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