Cerca de tres horas duro la audiencia de legalidad de captura por orden judicial de Aura Lilia Urintive Ortíz, sindicada de quemar la mano de su sobrino porque este tomó unas monedas para comprar un refresco. Su abogada defensora no presentó ningún reparo ante la solicitud por lo que el Juez decretó su legalidad.
Así registró este medio de comunicación la triste noticia sobre el menor de edad quemado por su tía: http://suversion.com.co/home/en-yopal-a-nino-de-7-anos-le-quemaron-las-manos-como-castigo-por-tomar-unas-monedas-para-comprar-un-refresco/
Sobre la captura de la responsable así lo informamos hace unos días: http://suversion.com.co/home/capturada-mujer-responsable-de-quemar-la-mano-de-un-pequeno-de-7-anos-en-yopal/
En la audiencia de formulación de imputación, la Fiscalía le formuló cargos a Urintive Ortíz como autora, a título de dolo, de la conducta de violencia intrafamiliar agravada, consagrada en el artículo 229 inciso segundo CP, con circunstancia de menor punibilidad, cargos que no aceptó.
En cuanto a la audiencia de solicitud de medida de protección, teniendo en cuenta que el menor víctima de esta agresión es sobrino de la imputada y está bajo custodia del instituto colombiano de bienestar familiar ICBF y que además la mujer capturada es madre de dos menores de edad, el Juez determinó que deberá abstenerse de estar en cualquier lugar donde se encuentre la víctima; además le ordenó la obligación de acudir a un tratamiento reeducativo y terapéutico, en este caso por intermedio del instituto colombiano de bienestar familiar.
La Directora del ICBF en su momento rechazó el acto de crueldad y así lo registramos: http://suversion.com.co/home/directora-general-del-icbf-se-pronuncia-sobre-caso-de-nino-quemado-en-yopal/
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